Debate en el Congreso: presentaron un proyecto de ley para legalizar la eutanasia y la muerte asistida
La iniciativa contempla la creación de un régimen de “muerte voluntaria médicamente asistida”. Está dirigido a pacientes con enfermedades incurables o padecimientos crónicos intolerables. Plantea cobertura médica obligatoria.
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El debate sobre el derecho a una muerte digna vuelve a instalarse con fuerza en la agenda legislativa del país. En las últimas horas, ingresó formalmente a la Cámara de Diputados de la Nación un proyecto de ley que busca legalizar y regular la eutanasia y la muerte asistida, una iniciativa que promete generar intensas discusiones transversales en el ámbito político y social.
El proyecto fue impulsado por el diputado socialista Esteban Paulón y propone la creación de un régimen legal denominado “Muerte Voluntaria Médicamente Asistida”. El objetivo central es garantizar que las personas que cumplen con determinados criterios clínicos de extrema gravedad puedan decidir sobre el final de su vida de manera segura y regulada.
El articulado de la propuesta establece límites y requisitos específicos para solicitar la práctica, enfocándose en situaciones de salud extremas:
- Pacientes con enfermedades graves e incurables.
- Personas que sufran padecimientos crónicos que les generen un sufrimiento físico o psíquico "constante e intolerable", sin posibilidades de mejora o alivio.
El texto presentado por Paulón contempla dos mecanismos diferenciados para llevar a cabo el procedimiento, adaptándose a la voluntad y condición del paciente:
- Eutanasia: La administración directa de una sustancia por parte de un profesional de la salud calificado para causar el fallecimiento de forma compasiva.
- Muerte asistida (o suicidio asistido): El suministro o prescripción de la medicación indicada por parte del médico, para que sea el propio paciente quien se la autoadministre.
De avanzar la iniciativa en comisiones y posteriormente en el recinto, el sistema de salud deberá readecuar sus prestaciones. El proyecto estipula que la práctica tendrá cobertura obligatoria del 100% en los hospitales públicos, las obras sociales y las empresas de medicina prepaga, incluyéndose dentro del Programa Médico Obligatorio (PMO).
Asimismo, establece que la edad mínima legal para realizar la solicitud autónoma será a partir de los 16 años. Por otra parte, incorpora la figura de las directivas anticipadas, permitiendo que cualquier persona mayor de edad deje asentado por escrito y ante escribano o testigos su consentimiento a recibir la prestación en caso de caer en un estado de inconsciencia irreversible o incapacidad de manifestar su voluntad en el futuro.