Proponen multar a padres que no actúen en casos de bullying y violencia escolar
El proyecto fue presentado por la concejal Liliana Piccolo, del bloque PRO, y busca incorporar un nuevo régimen de sanciones al Código de Faltas Municipal
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Un proyecto de ordenanza presentado en el Concejo Deliberante busca incorporar al Código de Faltas Municipal un nuevo régimen de sanciones para reforzar la responsabilidad parental en casos de acoso escolar (bullying) y episodios de violencia en actividades juveniles.
La iniciativa, que crea el Título VII “De las contravenciones vinculadas a la responsabilidad parental”, establece multas para padres, madres, tutores, guardadores o responsables legales que, tras ser notificados formalmente por las autoridades escolares, incumplan su deber de orientación, diálogo, vigilancia y cuidado, permitiendo la reiteración de conductas de acoso por parte de sus hijos menores.
Según el proyecto, la sanción oscilará entre el 0,50% y el 60% de la multa máxima prevista en el Código de Faltas. En casos de reincidencia del menor, las multas podrán duplicarse. Se contempla además una exención de responsabilidad para aquellos progenitores que se encuentren privados o suspendidos de la responsabilidad parental, o que tengan restringido judicialmente el contacto con el menor.
“Educar implica asumir las responsabilidades frente a los efectos sociales de la crianza. No se trata de sancionar conductas aisladas, sino de actuar ante la inacción reiterada luego de haber sido debidamente notificados”, sostiene el proyecto.
Asimismo, el artículo 276 incorpora sanciones de entre 0,40% y 50% para mayores de edad que ejerzan violencia física o verbal o instiguen a terceros contra otras personas en el marco de actividades deportivas en las que participen niños, niñas y adolescentes.
El Departamento Ejecutivo deberá elaborar un protocolo específico para la aplicación de la norma, y lo recaudado por las multas se destinará íntegramente a programas de capacitación y prevención sobre bullying y acoso escolar.
Fundamentación
El texto recuerda que el Código Civil y Comercial de la Nación establece la responsabilidad objetiva de los progenitores por los daños causados por sus hijos menores (art. 1754) y destaca que, en la práctica, la mayor parte de la carga recae actualmente sobre los establecimientos educativos, que no pueden ni deben suplir las omisiones familiares en la formación de los niños, niñas y adolescentes.
“Resulta necesario fortalecer la responsabilidad de los adultos a cargo cuando, pese a haber sido notificados, incumplen de manera reiterada su deber de intervención”, señala el proyecto.
La propuesta será tratada en las próximas comisiones del Concejo Deliberante de General Pueyrredon.